Audiencia final por caso de especies endémicas en la concesión minera de Llurimagua a realizarse el 11 de marzo de 2021
Una Orden Constitucional interpuesta contra el Ministerio de Medio Ambiente de Ecuador y la Fiscalía General del Estado en agosto de 2020 por preocupaciones de que se estaban violando los derechos de especies endémicas tiene su audiencia final en la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Cotacachi el 11 de marzo de 2021.

La jueza Carmen Jaramillo Cevallos dictaminó en septiembre que el Ministerio de Medio Ambiente no había protegido especies endémicas y en peligro crítico de extinción en la concesión minera de Llurimagua, y otorgó al Ministerio de Medio Ambiente 90 días para resolver las omisiones e irregularidades detalladas por la Contraloría General de la Nación en su Informe de marzo de 2019.
Las licencias ambientales de la concesión serán revocadas si estos problemas no se resuelven a satisfacción del juez. El proceso será supervisado y validado por el Gobierno Municipal, la Universidad de San Francisco (Quito) y la Defensoría del Pueblo (Defensoría del Pueblo).
Carlos Zorrilla, fundador de DECOIN fue fundamental en el caso, y cree que el juez de apelaciones fallará a favor de especies endémicas y derechos de la naturaleza.
Carlos Zorrilla afirma: “ Las medidas [que deben cumplirse] incluyen aspectos que serán técnicamente imposibles de remediar, dado que una de las irregularidades más importantes fue que el Ministerio de Medio Ambiente aprobó la licencia ambiental en 2014 sin información de referencia adecuada o suficiente, incluyendo la falta de información válida de una estación meteorológica, lo cual requiere años de recopilación de datos”.
“ El caso gira en torno a dos especies de ranas amenazadas por el proyecto minero Llurimagua: la rana arlequín de nariz larga y la rana cohete confusa. Se creía que ambas estaban extintas hasta su inesperado redescubrimiento en 2016 y 2019, respectivamente. Ambas son endémicas de los bosques que abarca la concesión minera ”, afirma Carlos Zorrilla.
“ El fallo completo, publicado el 22 de octubre del año pasado, establece que la Naturaleza tiene derechos intrínsecos totalmente independientes de los derechos humanos o civiles; que estos derechos fueron vulnerados cuando el Estado no controló las actividades mineras en las concesiones de Llurimagua; que el Ministerio no tuvo en cuenta la protección adecuada para las especies en peligro de extinción; y que también se vulneró la protección judicial ”, afirma Carlos Zorrilla.

“ La sentencia establece que, si bien la destrucción de unos pocos árboles o de un par de las últimas ranas que quedan de cierta especie puede no ser significativa desde la perspectiva del interés público, sin duda es significativa para esas especies específicas ”, dice Carlos Zorrilla.
El fallo también allanaría el camino para otros casos similares para detener las actividades mineras en áreas donde se encuentran especies endémicas. La alta tasa de endemismo de Ecuador significa que esto podría aplicarse a la mayor parte del país.
“ Además de ser un fallo trascendental para proteger a las especies en peligro de extinción y su hábitat, y para detener el desarrollo extractivo en ecosistemas frágiles, el fallo crea jurisprudencia en apoyo del esfuerzo concertado para incorporar estatutos de Derechos de la Naturaleza a nivel local y nacional en todo el mundo ”, dice Carlos Zorrilla.
La campaña “Intag como santuario de la vida” está fuertemente respaldada por el gobierno del condado de Cotacachi, y el alcalde expresó públicamente su interés en crear una ley local para declarar a todo Intag y Manduriacu un santuario de por vida. Esto lo pondría en desacuerdo con el gobierno nacional, que ha estado amenazando a los gobiernos locales con procesos penales si aprueban ordenanzas contra la minería.
El gobierno local ha colocado enormes señales de tráfico para apoyar la campaña, y el 3 de marzo la ordenanza fue entregada oficialmente al municipio para su aprobación. Estas acciones demuestran el nivel de resistencia a la minería en la región.
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